viernes, 2 de marzo de 2012

Documento multisectorial Naranpol

Naranpol: los derechos de los trabajadores

y la responsabilidad empresaria

Desde el año pasado los Santafesinos asistimos, consternados, a una aviesa campaña mediática que trata de presentar como culpables de la crisis de Naranpol a sus propios trabajadores, quienes, en realidad, son las víctimas principales de la política de vaciamiento de la empresa por parte de sus dueños-herederos.


Como es de público conocimiento, la empresa, a partir de mayo del año pasado, no sólo redujo los sueldos del personal a menos de la mitad, sino que además, dejó de pagar los aportes sociales y no abonó las deudas con sus proveedores. A partir de octubre de 2011, Naranpol directamente no pagó un peso más a sus trabajadores e inició despidos en masa.
Frente a esta política de agresividad patronal inusitada, los trabajadores se vieron ante la necesidad imperiosa de unirse y declararse en huelga, para defender su salario y su derecho al trabajo. Derecho que, en definitiva, implica el derecho a la alimentación, a la vivienda, a la salud y a la educación, para ellos y sus familias. Derechos que consagran los artículos 14 y 14 bis de la Constitución Nacional (CN) y los Tratados internacionales de Derechos Humanos con rango constitucional para nuestro país según el art. 75, inc. 22 de la CN. Por este motivo, los trabajadores primero se instalaron con una carpa frente a la planta industrial y luego iniciaron el paro en el lugar de trabajo, en forma absolutamente pacífica.
Para anular las conquistas del Convenio Colectivo de Trabajo, la empresa intentó, en un primer momento, el apoyo del Ministerio de Trabajo de la Provincia. Al no conseguirlo, recurrió entonces al Juez Eduardo Sodero, quien, en menos de 24 horas, sin siquiera mirar la información contable, ni disponer de los balances, decidió el “Concurso Preventivo” y la suspensión del Convenio Colectivo de Trabajo, avalando que la empresa reduzca los sueldos del personal al mínimo vital y móvil ($1840). Este mismo Juez, que actuó manera intempestiva, infundada y unilateral, tampoco exigió, para mantener esta situación, la documentación y la información contable periódica que exige la ley 24.522 y menos aun contempló la ley 26.684 de Concursos y Quiebras, aprobada en Junio de 2011. Pese a todos los ilícitos de los propietarios de la empresa y sus manifiestas maniobras, el Juez los mantuvo en la conducción de la empresa incumpliendo la designación de una intervención, según dispone la legislación concursal, para asegurar una administración recta y evitar el vaciamiento.
Para completar su actuación ilegal y cómplice con los intereses de la empresa, el Juez Eduardo Roberto Sodero, del fuero Civil y Comercial, el 19 de diciembre último (antes de apartarse de la causa por supuestas amenazas, cuando ya los trabajadores habían sido privados de toda retribución salarial y se habían declarado en huelga) ordenó el desalojo de los trabajadores de la planta y el cierre de la misma. Cuestiones que están totalmente fuera de su competencia y que, por lo tanto, son nulas jurídicamente.
Consideramos que los reclamos de los trabajadores han sido totalmente legítimos desde el comienzo del conflicto: cobrar los sueldos atrasados, que se respete el convenio colectivo de trabajo, y luego, que se reincorpore a todos los cesanteados y se reactive la producción y la marcha de la empresa. Después de transcurrir varios meses sin obtener respuesta alguna, y avizorando sólo la posibilidad de la pérdida total de su fuente de trabajo, los trabajadores, dando muestras de una responsabilidad ejemplar, se plantearon la formación de una cooperativa como última instancia para reabrir la planta en el marco de las políticas sociales del Movimiento Nacional de Empresas Recuperadas.
Es en este contexto que aparecieron las voces indignadas de los defensores a ultranzas de la propiedad privada y el abuso empresario, pidiendo el desalojo de los trabajadores de la planta con represión. Son las voces de quienes piensan que los trabajadores son apenas un “insumo” de la industria, y que los dueños tienen el derecho a hacer lo que quieran con “su” propiedad. Por supuesto que nadie niega el derecho a la propiedad que sostiene la Constitución, pero la misma tiene que ajustarse a las leyes, sobre todo, cuando se trata de Medios de Producción Sociales, de los cuales dependen muchas familias. Un empresario puede quemar su auto si quiere, pero si hace eso con “su” fábrica, está incurriendo en un delito. La propiedad, en ese caso, no lo exime de la responsabilidad social.
Lamentablemente se observa que la conducta de los actuales dueños de Naranpol está lejos de la responsabilidad social que les compete. Sólo como muestra se puede mencionar que, mientras en el mes de diciembre de 2011 los trabajadores no recibían ni un solo peso para la alimentación de su familia, la señora María Galán solicitó al Juez Sodero (que en ese momento se apartaba de la causa) una autorización para salir del país a veranear en Punta Cana. Parece que tan mal no estaba el estado patrimonial de la patronal.
Frente a esta situación, reafirmamos nuestro total apoyo a la causa de los trabajadores y reclamamos al Gobierno de la provincia, a la Legislatura y al Poder Judicial que hagan cumplir a los empresarios su obligación: pagar las deudas salariales, respetar el convenio colectivo de trabajo, reincorporar a los cesantes y poner en marcha la planta industrial Naranpol. Y, si los empresarios se negaran, intervenir la empresa y dar todo el apoyo necesario para que los trabajadores puedan hacerse cargo de la misma, y garantizar así una fuente de trabajo que Santa Fe no puede darse el lujo de perder.
Multisectorial con los Trabajadores de Naranpol
Casa de Derechos Humanos de Santa Fe
Madres de Plaza de Mayo
Familiares de detenidos y desaparecidos por Razones Políticas
Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos
Centro de Estudios Alejandro Olmos
Centro Cultural y Social EL BIRRI
Colectivo Elegguá
DOCA Santa Fe
Madre Selva
Martín Fierro
Partido Obrero

Adhesiones
de Organizaciones
AMSAFE · La Capital
AMSAFE · Rosario
ANDAMIO. AGRUPACIÓN DE ESTUDIANTES, GRADUADOS Y DOCENTES INDEPENDIENTES. FHUC-UNL
A Pedal · Colectivo en Movimiento
Colectivo en Acción Territorial El Cuco
Colectivo desde el Pie – FCEyN-UBA
Cooperativa TEKO
Granja Agroecológica La Verdecita · Colectivo de Mujeres
Juventud Guevarista Santa Fe
MOI -CTA - Federación de Cooperativas Autogestionarias
MST – Movimiento Socialista de los Trabajadores
Proyecto Revuelta
Proyecto Sur · Santa Fe
Secretaría Gremial del Centro de lxs Estudiantes de la Facultad de Humanidades y Ciencias.
Secretaría de Finanzas del Centro de lxs Estudiantes de la Facultad de Humanidades y Ciencias.

de Personas
Julia Monge, Consejera Directiva FHUC
Nicolás Bordón, Consejero Directivo FHUC

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